Capitalizar el paro para crear una empresa y montar un negocio con poco dinero​

Como asesoría y gestoría de autónomos y pymes nos encontramos habitualmente con personas que quieren emprender, y que quieren saber qué ayudas hay para abrir un negocio y las dos más recomendadas por nuestra parte son la capitalización del paro y la tarifa plana de autónomos, ya que son dos de las opciones más interesantes que existen en España y podrás conseguir arrancar tu actividad con poco dinero e inversión. 

La capitalización del paro y el alta de autónomo van de la mano y ahora también pueden aprovecharse del pago único los autónomos societarios, por lo que si quieres emprender en este artículo te explicamos qué es el pago único de la prestación por desempleo, qué necesitas para pedir el pago único del paro y cómo capitalizar el paro en 2021 paso a paso.

Si estás interesado en darte de alta como autónomo, te podemos guiar en todos tus pasos de forma gratuita. Visita nuestra guía sobre cómo darte de alta de autónomo.

Redactor:  Guillermo Maravé

¿Qué es la capitalización del paro?​

Se trata de una medida que permite a las personas que están percibiendo la prestación por desempleo y quieran iniciar una actividad por cuenta propia como persona autónoma percibir el importe de su prestación por desempleo en un pago único, aunque como veremos más adelante existen varias opciones de capitalizar el paro para emprendedores, esta medida fomenta y facilita así la iniciativa de empleo autónomo y desde hace poco tiempo también se permite la capitalización del paro como autónomo societario. Como es lógico, como máximo podrás capitalizar la cuantía de desempleo que te falte por cobrar.

Si estás pensando en darte de alta como autónomo y aprovechar para capitalizar el desempleo pero aún no te has inscrito en el desempleo y necesitas saber qué hay que hacer para cobrar el paro, los requisitos para solicitar el paro, la documentación para solicitar el desempleo o cuánto tiempo hay para pedir el paro, puedes consultarnos y te ayudaremos.

¿Quién puede solicitar el pago único del desempleo y para qué propósito?​

Podrás cobrar el paro integro para ser autónomo siempre que seas una persona beneficiaria de la prestación contributiva por desempleo que quieras:

  • Realizar una actividad como autónomo.
  • Crear una sociedad nueva o creada como máximo 12 meses antes de dicha aportación: para beneficiarse de esta opción deberás poseer el control efectivo de la sociedad y darte de alta en el RETA o RETM de la Seguridad Social.
  • Constituir una cooperativa, sociedad laboral o incorporarse de forma estable a una ya constituida como socio trabajador.

El propósito está muy claro, deberás hacerte autónomo para poder optar a estas ayudas para abrir tu negocio. Así mismo, debes tener en cuenta que quedan excluidos de la capitalización del desempleo los trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE) que firmen un contrato con una empresa con la que hubieran tenido vínculo laboral inmediatamente anterior a la situación legal de desempleo o que pertenezcan al mismo grupo empresarial de aquella.

Requisitos para la capitalización del paro y pasos a seguir​

La base principal sobre la que puedes empezar a plantearte optar por el pago único del desempleo es que debes ser beneficiario de una prestación por desempleo contributiva por haber finalizado una relación laboral de manera total y definitiva y debes tener pendiente de percibir al menos tres mensualidades de prestación en la fecha de solicitud del pago único. A partir de esta base las condiciones para capitalizar el paro son las siguientes:

  • No debes haber cobrado el pago único en los cuatro años inmediatamente anteriores.
  • Tendrás que iniciar la actividad en como máximo un mes desde la concesión del pago único y siempre debes realizar la solicitud de pago único antes de iniciar la actividad y darte de alta en la Seguridad Social.
  • Si se ha impugnado el cese de la relación laboral que da lugar a la prestación por desempleo, de la cual se pide la capitalización, la solicitud del pago único debe ser posterior a la resolución del procedimiento de despido.
  • No tendrán derecho a obtener el pago único para constituirse como socios de una sociedad mercantil quienes en los 24 meses anteriores a la solicitud del pago único hayan compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación por desempleo.
  • Si se prevé en los estatutos de la cooperativa la posibilidad de que los socios deban superar un período de prueba, la persona solicitante solamente percibirá el pago único cuando acredite mediante el acuerdo del consejo rector haber superado dicho período de prueba.

Cómo hacer la capitalización del paro, cuándo y dónde solicitarla​

Cómo y donde solicitarla:​

Puedes hacer la solicitud y presentarla a través de la Sede Electrónica del SEPE, en la oficina de prestaciones (pidiendo cita previa de pago único en la sede electrónica del SEPE), en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo, incluso se puede solicitar a la vez que la prestación contributiva por desempleo al dar de alta en el paro, o en cualquier momento posterior, siempre que no se haya iniciado la actividad. En nuestra opinión, si no quieres que te la solicitemos nosotros de forma gratuita, te aconsejamos que tramites la capitalización del paro online, de forma que será mucho más rápida y segura.

Como hemos apuntado anteriormente, siempre debes solicitar la capitalización del paro al SEPE antes de la fecha de inicio de la actividad, este punto es de gran importancia, ya que de no hacerlo correctamente perderías la oportunidad de solicitarla.

Cuándo se puede pedir el pago único del paro:​

Como hemos apuntado anteriormente, siempre debes solicitar la capitalización del paro al SEPE antes de la fecha de inicio de la actividad, este punto es de gran importancia, ya que de no hacerlo correctamente perderías la oportunidad de solicitarla.

Cuánto puedes cobrar:​

Calcular el pago único de desempleo depende de cada persona, sus condiciones y la cuantía de prestación por desempleo a la que tenga derecho, por lo que te informarán directamente en el SEPE, te dejamos el enlace a su herramienta por si necesitas saber cuanto vas a cobrar de paro: calcula tu paro.

Formas de cobro de la capitalización de la prestación por desempleo​

Muchas personas se preguntan cómo cobrar el paro todo junto, en una única vez y creen que solo existe esta forma de capitalizar el desempleo, pero en realidad la prestación de paro puedes agruparla y solicitarla de tres modos distintos, te enseñamos uno de los mejores trucos para capitalizar paro:

  1. Pago único: puedes solicitar cobrar el paro de una vez, de este modo podrás cobrar el desempleo en un único pago para realizar la inversión en tu nueva actividad. En esta opción puedes escoger capitalizar el total o solo una parte de tu paro.
  2. Compensación de cuotas de autónomo: un modo muy cómodo de hacerse autónomo estando en paro y pagar las cuotas de autónomo es compensarlas con tu prestación, de esta forma puedes estar muchos meses «sin enterarte» de que estás pagando la cuota.
  3. Opción mixta de las dos anteriores: puedes combinar el pago único con la compensación de cuotas de autónomos, de modo que te permita tener el dinero que necesites para la inversión inicial en maquinaria, materiales, etcétera y además tengas una facilidad de pago inicial en la cuota de Seguridad Social.

Documentación necesaria a presentar​

Dependiendo del tipo de actividad que quieras emprender se te requerirá aportar un tipo de documentación. En todo caso, la documentación común será la siguiente, te dejamos los links de descarga de los modelos oficiales de la web del SEPE:

  • Modelo oficial de solicitud de pago único debidamente cumplimentado y firmado.
  • DNI, NIE, TIE y/o pasaporte si necesitas tramitar la capitalización del paro siendo extranjero.
  • Memoria explicativa sobre el proyecto de la actividad que pretende desarrollar, con la inversión que va a realizar, salvo que se solicite solamente la subvención de cuotas a la Seguridad Social, en cuyo caso no será necesaria.

Además, en el caso del inicio de actividad autónoma, además de la citada deberás aportar cualquier documentación que justifique que el proyecto que pretendes emprender puede llevarse a cabo y es viable. Si te vas a dar de alta como autónomo por primera vez y tienes dudas consúltanos, es totalmente normal y te ayudaremos en todo lo posible, como te comentábamos toda tramitación de alta como autónomo es gratuita.

Si se pretende la constitución de una entidad mercantil, la incorporación a una sociedad mercantil constituida en los últimos 12 meses, la constitución de una cooperativa o sociedad laboral o la incorporación a una cooperativa o sociedad laboral ya constituida deberás aportar una documentación adicional. Si es tu caso, contacta con nosotros para mas información.

Obligaciones y condiciones de la capitalización del paro​

Las obligaciones que conlleva solicitar el pago único son relativamente simples siempre que sigas las instrucciones, por lo que no deberías tener problemas a la hora de cumplir con ellas:

  • Iniciar la actividad en el plazo de un mes como máximo desde la percepción del importe de la prestación.
  • Presentar ante el SEPE la justificación del inicio de su actividad: en nuestro caso, como asesoría y gestoría de autónomos y pymes, al gestionar el alta de autónomos siempre te enviaremos tu justificante de alta como autónomo en Seguridad Social y Hacienda, de modo que puedas justificarlo ante el SEPE.
  • Destinar la cantidad percibida a la inversión necesaria para el desarrollo de la actividad: deberás saber cómo justificar el pago único del paro, por lo queuna vez percibida la prestación tendrás que justificar la inversión con las facturas de compra de aquello que señalaste en la memoria explicativa que necesitabas comprar y sus justificantes de pago.

Errores más comunes a evitar​

Muchas personas se preguntan «qué necesito para pedir el pago único del paro«, pero pocas se informan de los errores más comunes que suelen ocurrir al realizar este trámite. Te resumimos los errores más comunes que debes evitar.

Los plazos ​

Como hemos ido haciendo hincapié a lo largo del artículo, es muy importante cumplir los plazos; debiendo presentar la solicitud del pago único SIEMPRE ANTES de iniciar la actividad y, por lo tanto, de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.

Una vez aprobada la prestación y recibido el importe de la misma, existe otro plazo que debemos cumplir, de un mes como máximo para iniciar la actividad y tramitar el alta en la Seguridad Social.

Tributación del IRPF​

Percibir la prestación por desempleo mediante el pago único esta exenta de tributación por IRPF, pero si cesas la actividad emprendida antes de 5 años se pierde dicha exención. Por ello, en caso de no mantener la actividad ese tiempo, tendrías que declarar la cantidad percibida en el siguiente año impositivo a efectos de ingresar la retención correspondiente.

Destino del pago único​

De acuerdo con lo que hemos indicado anteriormente, tendrás la obligación de destinar la cantidad percibida al objetivo de la misma que es la puesta en marcha de una actividad y como te hemos señalado deberás presentar facturas y pago de las mismas por importe que ascienda como mínimo a la cantidad percibida por el SEPE en concepto de prestación por desempleo en pago único, para poder verificar que se esta destinando al objetivo determinado. Según información del SEPE:

“Si no aplica o desvía la prestación por desempleo a otros fines distintos a la actividad objeto de la capitalización, podrá considerarse falta muy grave. Esta se sanciona con la pérdida de la prestación por desempleo y, además, con la exclusión del derecho a percibir cualquier prestación económica, y en su caso, a la ayuda de fomento de empleo durante un año.”

Cese injustificado de la actividad​

Nos encontramos con muchas personas que se preguntan «si capitalizo el paro cuanto tiempo tengo que ser autónomo» y es que se suele pensar que se exige un periodo de alta, pero si el motivo del cese de la actividad es por causas ajenas a la voluntad del trabajador autónomo no se tiene que devolver la prestación percibida como pago único; puesto que no se establece un plazo de mantenimiento obligatorio de la actividad.

No obstante, en caso de cese de la actividad no voluntario es aconsejable guardar la documentación acreditativa del mismo a efectos de poder demostrarlo en un momento determinado que se requiera por parte de Inspección de Trabajo.

Incluir el IVA como gasto​

El SEPE no considera el IVA como gasto, por lo que en la solicitud de la capitalización del paro y justificación de la inversión no deberás hacer constar el mismo. Por lo tanto, deberás desglosar el importe del IVA, declarando tan solo la base imponible.

Acceso al pago único tras impugnación de despido​

Para poder tener acceso a la prestación te debes encontrar en situación legal de desempleo. Esto se produce tras una finalización de una relación laboral por cuenta ajena por motivos no imputables a la voluntad del trabajador. Pero en el caso de que hayas impugnado el despido, deberás esperar a que se resuelva el procedimiento antes de poder solicitar la prestación y hacerte autónomo estando en paro.

Esperamos haberte ayudado en todo lo posible respecto a la capitalización del desempleo, es uno de los mejores incentivos y ayudas del gobierno para poner un negocio en España y desde hace poco tiempo también se permite capitalizar el desempleo para una sociedad limitada, por lo que se amplían las posibilidades y se motiva un poco más el emprendimiento. A su vez, también queríamos advertir de los errores más comunes que pueden propiciar incluso la devolución del pago único o el cobro de la capitalización del paro y tributación errónea, ya que muchas personas una vez cometido el error se preguntan «porque tengo que devolver el pago único» y en muchas ocasiones se debe a una mala información.

Capitalizar el paro de autónomo es un trámite sencillo y que no debe ocasionar mayor problema que seguir todos sus pasos siempre que cumplas con los requisitos, por nuestra parte te ayudaremos en todo lo posible si quieres darte de alta con nosotros y te guiaremos en todo momento de forma gratuita.

Capitalización del paro normativa: Ley 31/2015, de 9 de Septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social.

Si este artículo te ha resultado de ayuda, no olvides suscribirte a nuestra newsletter, de este modo cuando publiquemos un nuevo contenido te avisaremos y no te perderás nada, te dejamos por aquí nuestros artículos sobre laboral.

Este artículo es meramente divulgativo y trata, con carácter general, tanto la normativa/s correspondiente como los presupuestos básicos internos en la misma a la fecha de su publicación.

18 comentarios en “Capitalizar el paro para crear una empresa y montar un negocio con poco dinero​”

  1. Buenos días Guillermo:
    Tengo un par de dudas que te agradecería me comentaras:
    1.- ¿Se puede incluir en la solicitud de capitalización la compra o renting de un vehículo para realizar la actividad?¿podría justificar las cuotas del préstamo o renting?
    2.- ¿Puedo incluir en la solicitud de capitalización la compra de un equipo que he comprado recientemente, antes de haber hecho la petición de capitalización?
    3.-¿Si me autorizan la compra de un equipo, pero no me lo entregan antes de un mes por los plazos de entrega, como puedo justificarlo?
    Gracias por tu aportación.

    Eduardo.

    1. Buenos días Eduardo, encantado de poder ayudarte, te comento sobre las dudas que planteabas:

      1. En la solicitud puedes incluir la compra de un vehículo para la actividad, pero ten en cuenta que tienes que justificar la compra con su factura, por lo que si es compra total se podrá justificar todo, sin embargo si se trata de un renting solo podrás justificar las facturas iniciales 1 o 2 como mucho entiendo.

      2. Solo podrás justificar aquellas compras o gastos que hayas hecho una vez aprobada la capitalización, ya que necesitarás que la factura de la compra tenga fecha posterior a la concesión.

      3. Entiendo que la factura te la emitirá la empresa cuando te entreguen el equipo, por lo que en este caso sería difícil justificarlo o incluso no se podría. En mi opinión te aconsejaría que solo incluyas en la capitalización bienes que puedas tener la factura en menos de un mes, te evitarás problemas a la hora de justificarlo.

      Espero haberte ayudado, si tienes cualquier duda o necesitas cualquier cosa estamos a tu disposición.

      Un saludo.

  2. Hola! Gracias por toda la info.
    Estoy pensando en un negocio donde necesito comprar y vender ciertos productos, incluido operaciones de importacion y exportacion.
    Tengo tres dudas/preguntas al momento de capitalizar el paro:
    1 – Voy a necesitar una furgoneta para distrubuir los productos que voy a importar. Puedo declarar la compra de una furgoneta como gasto en la memoria explicativa de la solicitud de la capitalizacion del paro? Tengo el examen de conducir dentro de un mes. Puedo apuntar a mi mujer como futura trabajadora/conductora? Me tengo que tener si o si yo mismo el carnet de conducir al momento de solicitar el pago unico para poder agregar al proyecto la necesidad de tener una furgoneta?

    2 – Hay un detalle en la capitalizacion del paro que no entiendo! Si no tengo entendido mal pues en el proyecto presentado no se pueden declarar como gastos la compra de mercancia. O sea, dentro de este proyecto de no puedes pedir/solicitar dinero a SEPE para poder comprar la mercancia/productos sin los cuales no puedes hacer negocio 🙂 ! Tengo todos los contactos preparados tanto de compra como de venta pero sin tener el dinero inicial para comprar ese tal producto/mercancia no puedo hacer nada. O yo lo entendí mal o es un poco absurdo no poder incluir como gasto la compra de la mismissima mercancia/producto a base de lo cual puedo iniciar el negocio que quiero emprender.
    Si estoy pidiendo la capitalizacion del paro eso seria justamente pq no tengo el capital inicial necesario para empezar el negocio. Como SEPE pretende que yo empieze el negocio si no me paga para los productos con los cuales desarrollaré mi actividad? Se piensa que me tengo que tener yo una cierta capital antes de solicitar la capitalizacion del paro? Si solicito el pago unico como capital es justamente pq no tengo un capital para empezar 🙂 Como voy a hacer la primera compra de los productos que quiero vender si el SEPE no quiere pagar nada por esto?

    3- Tienen algun enlace donde se explica paso por paso como se puede hacer online la solicitud del pago unico?

    Especialmente con el punto 2 estoy muy confundido. Simplemente no pillo la lógica del SEPE en esto.

    Nuchs gracias

    1. Hola Deva,

      Muchas gracias por contar con nosotros para que te ayudemos. Te comento por los mismos puntos que me ibas diciendo:

      1. Puedes declarar la compra de la furgoneta en la capitalización, tendrás que incluirla en el presupuesto y no te hará falta tener el carnet de conducir al momento de incluirla en la capitalización. En caso de que quieras contratar a tu mujer en el futuro podrás hacerlo, si estáis casados tendrá que darse de alta como autónoma colaboradora.

      2. Por supuesto que puedes incluir la compra de mercancías en el presupuesto de la capitalización del paro, si no fuera así, como bien dices, no tendría sentido. Puedes incluir todos aquellos gastos que necesites para empezar con tu negocio.

      3. De momento solo tenemos este artículo sobre la capitalización del paro, pero en breve empezaremos a generar mucho más contenido, si aún no lo has hecho, te aconsejamos suscribirte a nuestros artículos para que te vayamos avisando cuando los generemos.

      Muchas gracias por todo, un saludo.

  3. Hola, tengo una duda
    ¿Qué sucede si han transcurrido más de 7 años tras la baja voluntaria del trabajador y éste quiere ahora capitalizar en pago único su prestación por desempleo? Es decir, inmediatamente después del cese voluntario, no está en situación legal de desempleo y no percibe la prestación (ni solicita el pago único, claro). Pero tras 7 años sí.
    Durante ese tiempo, no ha estado trabajando por cuenta ajena ni se ha dado de alta como autónomo.
    Muchas gracias por la divulgación de estos contenidos tan útiles.
    Un saludo,

    1. Buenos días Jesús,

      Entiendo que aunque hayan transcurrido 7 años desde su baja, sigue estando en la misma situación porque su baja fue voluntaria, por lo que esa persona no tiene derecho a desempleo y tampoco a la capitalización, ni en el momento de su baja ni años más tarde si no ha tenido un despido más tarde que le de derecho al desempleo.

      Un saludo.

      1. Muchas gracias, Guillermo.
        Por otro lado, tengo entendido que pasados los 6 años, se pierde el derecho a cualquier prestación (en el caso de que hubiera derecho, aunque éste no es el caso), aunque no se pierda la cotización.

        Un saludo y gracias de nuevo.

  4. Hola buenos días quisiera saber si existe un tiempo estimado para que te aprueben la capitalización del paro, cuánto es lo máximo que puede durar para que te lo aprueben ?? Gracias

    1. Buenos días Alejandro, el tiempo de espera para la aprobación de la capitalización depende directamente del SEPE, no existe un plazo fijo, pero aproximadamente suele tardar un par de semanas en llegar la confirmación.

  5. Buenos días, ante todo, muchísimas gracias por toda la información que compartís en vuestra pagina web, la cual me ha servido mucho para aclarar dudas. Actualmente estoy preparando mi solicitud para el pago único del paro para poder comenzar mi actividad que será prestar un servicio a domicilio que requiere un vehículo para transportar material. Mi duda esta en como incluir los gastos del vehículo en el proyecto. Yo ya dispongo de un vehículo que me serviría para la actividad. ¿Entre los gastos de la memoria explicativa del proyecto de inversión, podría incluir las mensualidades del pago de dicho vehículo o seria necesario comprar un vehículo nuevo para el proyecto?
    Muchas gracias de antemano por toda vuestra ayuda.

    1. Buenos días Jesús, muchas gracias por escribirnos y contar con nosotros.

      Como te comenté en la reunión que mantuvimos, el SEPE te da un plazo de un mes para justificar las facturas, por lo que podrás incluir los gastos que te origine el vehículo durante ese mes.
      Por otra parte debes tener en cuenta que los gastos de vehículo habitualmente son problemáticos en su deducción con Hacienda, puesto que el vehículo se utilizará tanto para tu vida personal como para la actividad, por lo que si te lo quieres deducir, solo podrías aplicar el 50% del gasto en todo caso.

      Si tienes cualquier otra cuestión estaremos encantados de ayudarte.
      Un saludo.

  6. Buenas tardes! Tengo una consulta: estoy intentando solicitar el pago único y en uno de los pasos hay un calculador previo de importe en el que sale una cantidad que no se acerca para nada a la cantidad real que debo percibir (según mis cálculos serían unos 16000 euros y el calculador me indica 2248!) ¿sabéis a qué podría deberse este desfase?
    Muchas gracias y saludos

    1. Buenas tardes Gemma, sin más información no te podemos ayudar, no sabemos decirte a que se puede deber una diferencia tan grande. Nuestra recomendación es que si quieres asegurarte bien de las cantidades solicites cita previa en el SEPE para que te aclaren perfectamente el capital que podrías capitalizar.

      Si necesitas que te ayudemos o quieres que te demos más información solo tienes que ponerte en contacto con nosotros. Gracias por comentar!

  7. Buenas, voy a gestionar la solicitud de la capitalizacion del paro. Me quedan tres meses de prestacion pero estoy a uno o dos dias de recibir el ingreso de uno de esos tres meses, si hago la solicitud hoy es valido? o ya al estar en tramite el pago y al quedarme solo 2 meses de prerstacion ya no puedo pedirlo?. Otra duda es cuanto tardan en aprobar la solicitud ya que no me puedo dar de alta hasta que este aprobada e ingresada la capitalizacion pero tengo que firmar el contrato de alquiler ya

    1. Hola Jaime, encantado de poder ayudarte. En tu caso seguramente ya no te dejarán capitalizar el paro debido al mínimo de 3 meses que son necesarios para realizarlo porque debes tener en cuenta que aunque a ti te falten solo unos días para recibir el pago, la Seguridad Social ordena esos ingresos muchos días antes, por lo que creemos que no podrás solicitarlo. De todos modos y si siques con la duda, nuestro consejo es que solicites cita previa en el SEPE para ver si te pueden ayudar, aunque con tan poco tiempo será complicado.

      Esperamos haberte ayudado Jaime, un saludo.

      1. Si elijo la opción de capitalizar el paro para el pago de las cuotas de autonomos. Y al mismo tiempo tengo derecho a la tarifa plana de autonomos de 60€. Que cantidad me abonará de la capitalización, los 60€ que realmente pagaré, o me abonaran los 280€ de la cuota de autonomos?

        1. Hola Carles! La Seguridad Social en cualquier caso te compensará la cuota de autónomos que estés pagando en ese momento, es decir, si tienes un gasto de 60€ porque te han concedido la tarifa plana te abonarán esos 60€.

          Si tienes cualquier otra duda aquí estamos para ayudarte.

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